La Junta General es el órgano supremo de gobierno del CBP y está integrada por un representante de cada una de las Corporaciones Locales que forman el Consorcio, designados por sus respectivos Plenos o Asambleas. La representación en la Junta General se concreta mediante voto ponderado, correspondiéndose con el porcentaje que represente la aportación ordinaria anual de cada ente consorciado respecto de la suma de las aportaciones ordinarias del año.
La Junta General tiene las siguientes atribuciones:
- La aprobación de las directrices y normas de régimen interno, los planes y programas anuales de gobierno, administración y dirección del Consorcio.
- La elección, de entre sus miembros, de la Presidencia y Vicepresidencia del Consorcio.
- Proponer el nombramiento y cese del Secretario/a, Interventor/a y Tesorero/a del Consorcio, pudiendo nombrar a éste último cuando lo permita la normativa de aplicación y en los términos de la misma, de entre miembros de la Junta General.
- Aprobar la modificación de estos Estatutos.
- La aprobación del Reglamento de los servicios que preste el Consorcio, que será remitido a los entes consorciados para su conocimiento, así como la adopción de la forma concreta de gestión de los servicios de su competencia.
- La fijación de las aportaciones que obligatoriamente hayan de efectuar las Entidades consorciadas para el sostenimiento del Consorcio, señalando los criterios necesarios.
- Aprobar la incorporación de nuevos miembros al Consorcio y la fijación de sus aportaciones, estableciendo las condiciones en que deberá llevarse a cabo dicha incorporación. Asimismo, aprobar la separación de miembros del Consorcio, sea ésta voluntaria u obligatoria, y fijar las condiciones de liquidación a practicarles a los mismos, todo ello con el quórum de la mayoría absoluta de los votos.
- En general, cualquier otra atribución que, según la legislación sobre régimen local, corresponda al Pleno u órgano equivalente de los municipios de régimen común, siempre que esté relacionada con el objeto del Consorcio.
Presidente: José Juan Rodríguez Guerrero. Ayuntamiento de Roquetas de Mar
Vicepresidente: José F. Crespo Guardia. Ayuntamiento de Adra
Secretario: Mariano José Espín Quirante
Interventor: Javier Alzueta Castro
Tesorera: María Dolores Martínez Guerrero
Vocal Diputación Provincial: Ángel Escobar Céspedes
Vocal Ayuntamiento de El Ejido: David Fernández Barranco
Vocal Ayuntamiento de Vícar: José Luis Leseduarte Carretero